martes, 8 de noviembre de 2011

De poca abuela La CNBV y el SAT señalan que no hay prórroga en la regularización de Centros Cambiarios y Transmisores de Dinero

Lopez Frade exitoso empresario con modelo de negocios replicable http://is.gd/Pc9uLn - Alcalde de Chimalhuacan cumple infraestructura http://is.gd/uzedez Loable Recientemente se difundió en distintos medios de comunicación, que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) otorgó una prórroga a los Centros Cambiarios y Transmisores de Dinero para presentar su solicitud de Registro ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Esta afirmación no es correcta, ya que no se ha concedido ninguna prórroga.

Al respecto, cabe señalar que el 03 de agosto de 2011 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma a la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, en la que se confiere a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) la supervisión de los Centros Cambiarios y Transmisores de Dinero, en materia de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo.

De acuerdo con dicha reforma, y en términos de lo resuelto por la SHCP, los Centros Cambiarios y Transmisores de Dinero que:

I.Contaban con Registro en el SAT antes del 04 de agosto de 2011 y

(i)hubiesen presentado la solicitud del nuevo Registro a más tardar el 01 de noviembre del presente, podrán seguir operando, en tanto el SAT les dé a conocer el Registro respectivo.

En caso de que el SAT niegue el mencionado Registro, deberán suspender sus actividades y sólo podrán reanudarlas cuando lo obtengan.

(ii)no presentaron su solicitud de nuevo Registro a más tardar el 01 de noviembre del presente, debieron suspender sus actividades hasta en tanto obtengan el 
(iii)nuevo Registro. En caso de operar sin estar registrados, se harán acreedores a sanciones y multas.

II.Sean de nueva creación

deberán contar con el nuevo Registro antes de iniciar operaciones, el cual será solicitado ante el SAT a más tardar el 30 de marzo de 2012; después de esa fecha, el trámite se realizará en la CNBV.

La CNBV reitera su compromiso para coadyuvar con los Centros Cambiarios y Transmisores de Dinero, a fin de que den cumplimiento al régimen de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo.

-o0o-


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