Dicha inspección se efectuó en materia de residuos peligrosos y contaminación de suelo, y al momento de su ejecución, se encontró que la asfaltadora carecía de registro y categorización como generador de residuos peligrosos, así como del almacén temporal de éstos, los cuales deben ser solicitados ante la Secretaria del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat); de igual forma se encontró un área aproximada de 10 m2 de suelo contaminado con hidrocarburo.
Por lo anterior, y toda vez del grave riesgo de desequilibrio ecológico, en términos del artículo 171 fracción I de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, se procedió a la Clausura Parcial Temporal, colocándose los sellos en las bandas de los motores de las tolvas y en la banda del transportador de materiales pétreos.
Con acciones como ésta, la Profepa refrenda su compromiso de proteger y cuidar el medio ambiente y los recursos naturales, dando atención inmediata a las denuncias ciudadanas, además de vigilar el cumplimiento de la Legislación Ambiental.
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